Antonio Gershenson
Vamos a ver en detalle el artículo transitorio 16 de la ley
de hidrocarburos, en proceso legislativo. Una serie de regalos a
multimillonarios (claro, mediante agradecimiento a funcionarios) y más aumentos
al público, de esos que se juró una y otra vez que no se iban a presentar.
Los funcionarios adecuados podrán repartir, de acuerdo con
el texto de ese artículo: los permisos para tratamiento y refinación de
petróleo, el procesamiento de gas natural, el transporte, almacenamiento,
distribución, licuefacción, descompresión y expendio al público de
hidrocarburos, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos.
¿Algo más que le quede a Pemex? Por lo menos ahí, ni se le
menciona.
Pero, a cambio de estos regalitos, al público le quedan los
aumentos de precios. De los que se había jurado y perjurado que no habría.
“I. En materia de precios:
“A) A partir de la entrada en vigor de la presente ley en lo
que resta del año 2014, los precios máximos al público de las gasolinas Magna y
Premium, así como del diésel suministrados por Petróleos Mexicanos, aumentarán
9, 11 y 11 centavos por mes, respectivamente.
“b) A partir del 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de
diciembre de 2019 –comentamos que es el básicamente el resto del sexenio– los
precios máximos al público se ajustarán mensualmente por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público de manera consistente con el precio en el mercado
internacional.
La política de precios establecida en este inciso se
mantendrá siempre que los precios internacionales de los combustibles
permanezcan estables o disminuyan. En caso contrario, la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público revisará al alza los incrementos de los precios públicos, de
manera consistente con el precio en el mercado internacional (¿no que el año
próximo iban a subir los precios más despacito?).
“II. A partir de la entrada en vigor de la presente ley y
hasta el 31 de diciembre de 2018, únicamente se podrán otorgar permisos para la
importación de gasolina y diésel, a Petróleos Mexicanos o sus empresas
productivas subsidiarias. A partir del 1º de enero de 2019, los permisos a que
se refiere el párrafo anterior podrán otorgarse a cualquier interesado que
cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables.
“III. Los permisos para el expendio al público de gasolinas
y diésel podrán ser otorgados por la Comisión Reguladora de Energía a partir
del 1º de enero de 2017. A partir de la misma fecha Petróleos Mexicanos, sus
empresas producidas subsidiarias o sus empresas filiales, no podrán condicionar
el suministro de gasolinas y diésel a la celebración de contratos de
franquicia.
La vigencia de los contratos de suministro con Petróleos
Mexicanos que sean suscritos a partir de la entrada en vigor de la presente
ley, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2017.
Y aquí termina el transitorio 16. Las transnacionales no
sólo pueden tener la listota del principio, sino que puede tener hasta sus
propias gasolineras y otros medios.
Es un artículo de dos lados. En uno estriban los regalos a
los multimillonarios y a las trasnacionales, y en el otro se encuentran el cobro
creciente de gasolina y diésel al público. En otros lados se aumentan los
precios del gas natural y en otras formas, el combustóleo y la energía
eléctrica.
Y este es sólo un artículo del paquete que el gobierno envió
al Congreso, y que ya quiere verlo aprobado a la brevedad.
Si se aprueba la legislación, apoyada por el gobierno y el
PRI, será un premio para las trasnacionales, o para un grupo selecto de ellas,
y para multimillonarios, o un grupo selecto de los mismos.
No dejará de haber funcionarios que digan que los precios
van a bajar; en el gobierno no faltan. Si alguien les cree, después de haber
leído esto, allá él.
¿De dónde se podría sacar el dinero para no estar aumentando
precios a gasolina, gas, etcétera? Tal vez reduciendo el monto de los regalitos
a los multimillonarios.
antonio.gershenson@gmail.com
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