Juristas: ilegal, el decreto de extinción de LFC; Calderón sobrepasó sus facultades
Debe tener autorización del Congreso para tomar decisiones legislativas extraordinarias
Trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas protestaron aye contra el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro. Aquí, en Paseo de la ReformaFoto María Luisa Severiano
Alfredo Méndez y Gabriel León
La liquidación de la empresa paraestatal Luz y Fuerza del Centro (LFC) es un acto presidencial que viola los artículos 14, 16, 73 y 131 de la Constitución, sostuvieron ayer, en entrevistas por separado, los constitucionalistas Elisur Arteaga y Miguel Eraña, catedráticos de la Escuela Libre de Derecho y de la Universidad Iberoamericana, respectivamente, y los abogados laboralistas Néstor de Buen, Manuel Fuentes y Eduardo Miranda, los dos últimos asesores jurídicos del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
Los juristas agregaron que el decreto de extinción
es ilegal, pues Felipe Calderón, titular del Ejecutivo federal, rebasó sus atribuciones constitucionales al pasar por encima de los
derechos exclusivosdel Congreso de la Unión.
Incluso, Eraña consideró que el Congreso tiene que llamar a juicio político a la secretaria de Energía, Georgina Kessel, porque incurrió en responsabilidad política debido a que
se tardó tres años en descubrir que la empresa es un barril sin fondos.
Agregó que por
enésima ocasión, Calderón “vuelve a hacer uso excesivo y abusivo de sus facultades, porque con una apariencia de legalidad está recurriendo a múltiples leyes en los fundamentos de la actuación en el decreto y solamente a un artículo de la Constitución, el 89, pero se le olvidó el fundamental: el 131.
“Para que el Presidente pueda tomar decisiones legislativas extraordinarias –que es lo que hizo en el decreto– tiene que contar con la autorización previa del Congreso de la Unión”, destacó Eraña.
Arteaga sostuvo que la vía de defensa más factible para los trabajadores afectados (cerca de 42 mil) es el juicio de amparo, pues una probable controversia constitucional contra el decreto presidencial que pueda presentar un grupo de legisladores ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
tendría pocas posibilidades de salir victoriosa.
A decir de Arteaga, para que los trabajadores puedan resistir todo el litigio contra el gobierno, será vital que obtengan de un juez federal la suspensión del acto reclamado, lo cual
Agregó que si los quejosos no consiguen la suspensión provisional del decreto de Calderón, se corre el riesgo de que desistan de su intención de obtener un amparo de fondo, ya que un juicio de esa índole puede tardar hasta dos años, y durante ese tiempo dejarían de recibir sus pagos nominales, lo que los obligaría a aceptar las
Eduardo Miranda, presidente de la Unión de Juristas de México, aseguró que la decisión presidencial
Manuel Fuentes, con más de 25 años de litigar juicios laborales, sostuvo que el decreto de extinción
Néstor de Buen, también experto en materia laboral, indicó que el decreto
sinceramente se ve difícil, destacó.
Agregó que si los quejosos no consiguen la suspensión provisional del decreto de Calderón, se corre el riesgo de que desistan de su intención de obtener un amparo de fondo, ya que un juicio de esa índole puede tardar hasta dos años, y durante ese tiempo dejarían de recibir sus pagos nominales, lo que los obligaría a aceptar las
jugosas indemnizacionesque les ofrece el gobierno.
El Presidente (Calderón) violentó garantías constitucionales de los trabajadores (de LFC) desde el momento en que los privó de sus derechos por virtud de un acto que se realizó sin seguir los lineamientos que se estipulan en la escritura constitutiva de la empresa para disolver la sociedad, indicó Arteaga.
Eduardo Miranda, presidente de la Unión de Juristas de México, aseguró que la decisión presidencial
viola los artículos 14 y 16 de la Constitución, que fijan los principios de legalidad, seguridad jurídica, audiencia y derecho de defensa de los trabajadores.
Manuel Fuentes, con más de 25 años de litigar juicios laborales, sostuvo que el decreto de extinción
es violatorio del artículo 73 de la Constitución, el cual indica que estas cuestiones, como la materia eléctrica, son un área estratégica que debe ser manejada exclusivamente por el Congreso de la Unión.
Néstor de Buen, también experto en materia laboral, indicó que el decreto
es un acto presidencial sin fundamento legal constitucional.
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